Bufete Rojano y Asociados

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Bufete Rojano y Asociados Abogados es una firma de abogados especializados en Derecho Laboral para empresas y negocios con sedes en Ciudad de México y Toluca, Estado de México.

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VERSIÓN DEFINITIVA DE LA NOM 037 REFERENTE AL TELETRABAJO

 

 

 

El año pasado comentamos acerca del proyecto de Norma Oficial Mexicana Norma PROY-NOM-037-STPS-2022, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, y en esa ocasión les comentamos que quedaba sujeta a las opiniones que llegaran al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, por lo que una vez transcurrido el plazo para enviar dichos comentarios, hasta ahora quedó concluida la versión final de la referida NOM, de la cual podemos destacar que no hubo grandes cambios, siendo lo más destacado que podemos resaltar lo siguiente.

 

Las personas teletrabajadoras tendrán el derecho de proponer al patrón el o los lugares donde se prestará el teletrabajo, este deberá cumplir los requisitos ya detallados en la propia Norma Oficial Mexicana y en la Ley Federal del Trabajo para el desempeño del trabajo de acuerdo a las necesidades y características de este. por lo que pueden empleador y persona trabajadora negociarlo.

 

Debe cumplirse la obligación en el centro de trabajo de haber constituido previamente una Comisión de Seguridad e Higiene, ya que esta deberá encargarse de evaluar a las personas trabajadoras solicitantes de esta modalidad para verificar que cumpla con el perfil requerido.

 

Se instaura el derecho de las personas trabajadoras para contar con tiempos de descanso o recesos para prevenir riesgos psicosociales por estrés laboral, así como para las madres trabajadoras debe garantizarse el tiempo de lactancia que establece la Ley Federal del Trabajo.

 

Por cuanto se refriere a los riesgos de trabajo, se extiende el ámbito de aplicación de estos para quedar de la misma manera que en el trabajo tradicional, es decir, que cuentan los trayectos durante la jornada de trabajo y que se relacionan con la prestación del teletrabajo.

 

Se establecen obligaciones de confidencialidad y de verificación de las medidas para prevenir riesgos de trabajo para el empleador.

 

En conclusión, consideramos que la referida Norma Oficial Mexicana, pese al prolongado tiempo transcurrido entre el proyecto y la versión final de la misma, no constituyó un gran avance, ya que como en su momento lo comentamos, esta modalidad de trabajo puede contar con ventajas, pero también puede tener consecuencias negativas, sobre todo para la parte trabajadora, no sólo psicológicas, sino también fisiológicas, lo que, insistimos, debe estudiarse y escuchar las opiniones de expertos en todas las materias involucradas.

 

De nueva cuenta tendremos que esperar a que se vaya perfeccionando con el transcurso del tiempo, la experiencia, nuevos avances tecnológicos y las necesidades que vayan surgiendo, por lo que en su momento lo estaremos comentando.

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